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AI summary
Gabriel Solano, a leader of the Left Front, filed a criminal complaint against President Javier Milei and Economy Minister Luis Caputo for alleged non-compliance with the University Financing Law. The complaint claims that the government has failed to implement a court order that updates salaries and funding in line with inflation.
Solano accuses Milei and Caputo of disobedience, abuse of authority, and breach of duties, alleging that the government has circumvented the law's application.
Generated by AI from the original story in Spanish.
El dirigente del Frente de Izquierda, Gabriel Solano, denunció penalmente al presidente Javier Milei y al ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, por el presunto incumplimiento de la medida cautelar firme que ordena aplicar la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, que actualiza los salarios y fondos del sector en la misma proporción de la inflación acumulada desde diciembre de 2023.
El referente del Partido Obrero les atribuyó al mandatario y su ministro los delitos de desobediencia, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
“Milei y Caputo tienen que responder penalmente por incumplir una medida cautelar firme que ordena aplicar la Ley de Financiamiento Universitario. El Congreso rechazó el veto presidencial con los dos tercios y la Justicia ordenó recomponer los salarios docentes y no docentes y actualizar las becas estudiantiles. Sin embargo, el Gobierno sigue desconociendo estas resoluciones y profundizando el ahogo presupuestario de las universidades públicas”, sostuvo Solano, tras impulsar la acusación penal.
El escrito reconstruye que el Poder Ejecutivo vetó la ley, el Congreso la impuso igualmente con mayoría calificada, y luego el Gobierno elude su aplicación al promulgarla y suspenderla en el mismo acto, mediante el Decreto 759/2025. En sus propios considerandos, la decisión oficial planteó que la ley “quedará suspendida en su ejecución hasta tanto el H. Congreso de la Nación determine las fuentes de su financiamiento”. El resultado práctico fue una ley vigente en el papel pero sin efecto alguno.
El juez a cargo del amparo original, el doctor Martín Cormick, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, emitió una medida cautelar el 23 de diciembre de 2025, al considerar que tuvo por acreditada la “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico, concreto y específico, a cargo de la demandada”. El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que actúa junto a rectores de cincuenta universidades públicas, promovió el incidente de ejecución el 15 de abril de 2026.
En ese marco, la Corte Suprema la dejó firme el 25 de junio de 2026, al rechazar el recurso extraordinario del Estado Nacional por tratarse de una resolución que no reviste carácter de sentencia definitiva.
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